Claves de la reforma laboral de 2022

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Después de mucho tiempo, está preparada la reforma laboral de 2022. En Grupo SPEC te contamos los aspectos más relevantes y los cambios más significativos. ¡Descúbrelos!

La reforma laboral ha sido uno de los asuntos de mayor actualidad durante los últimos años. Realizar cambios relevantes en la norma anterior para reducir la temporalidad y la precariedad del empleo ha sido uno de los principales objetivos del gobierno de Pedro Sánchez desde que comenzó la legislatura.

Después de un tiempo de negociaciones, el pasado 28 de diciembre se aprobaba el real decreto ley 32/2021 de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, que entraba en vigor el último día del año. La reforma laboral de 2022 introduce, entre otros aspectos, cambios en los tipos de contratos y en las negociaciones colectivas. En Grupo SPEC te hablamos de las modificaciones más destacadas:

Modalidades de contratación

El cambio en los tipos de contratos que se pueden formalizar es uno de los puntos clave de esta reforma laboral, que otorga prioridad al contrato indefinido. De este modo:

  • El contrato indefinido será el elegido como norma general.
  • El contrato de duración determinada se podrá utilizar de forma excepcional y solamente en dos casos: por circunstancias de la producción y por sustitución de un empleado para garantizar el desempeño del puesto de trabajo (antiguo contrato de interinidad)
  • El contrato fijo discontinuo se utilizará para aquellas necesidades indefinidas pero que se presentan de forma intermitente. Una de las principales novedades es que la antigüedad se calculará desde el comienzo de las relaciones contractuales, no solamente del trabajo efectivo.
  • El contrato de formación aplica exclusivamente a personas que están estudiando y haciendo prácticas al mismo tiempo y a aquellos que realizan prácticas profesionales, que solo se podrá formalizar dentro de los 3 años posteriores a obtener el título.

Convenios laborales

En materia de negociaciones colectivas también se han aprobado algunos cambios que se aclaran en la modificación del real decreto ley 32/2021 publicada el 19 de enero de 2022, los más destacados son:

  • La prevalencia del convenio colectivo de empresa sobre el convenio sectorial a excepción de la cuantía del salario base y los complementos salariales.
  • Ultraactividad de los convenios. Es decir, se mantendrán en vigor hasta que se formalice uno nuevo.

ERTE

Para reglar los expedientes de regulación de empleo se introduce en “Mecanismo RED”, que permite suspender el empleo o reducir la jornada laboral cuando la situación macroeconómica o los cambios permanentes de un determinado sector así lo aconsejen.

Los nuevos ERTE tendrán como duración máxima un año y podrán ampliarse, como mucho, otro año más. Además, los trabajadores percibirán un 70% de su salario y las empresas estarán exoneradas de las cotizaciones derivadas.

Ámbito sancionador

Dentro de la reforma laboral de 2022 se modifica también la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, más conocida como LISO y se amplían las acciones que suponen una infracción que puede ser sancionada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y aumentan las cuantías económicas por cometer infracciones graves. Algunas de las nuevas faltas son:

  • No informar de las vacantes disponibles en la empresa.
  • En el supuesto de existir fraude en la contratación, se aplicará una sanción por cada uno de los trabajadores afectados.
  • Formalizar nuevos contratos y externalizar trabajo cuando la empresa se encuentra acogida a un ERTE se considerarán infracciones graves.